Nuestro Colegio REPUDIA lo dispuesto en el Boletin Oficial, considerando que afecta tanto a los derechos de las personas con discapacidad, como los derechos de los trabajadores de la Salud.
QUITA DE DERECHOS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PRECARIZACION LABORAL
Una verguenza mas restricciones para los profesionales de la salud
Resolución 1231/2019 de la Superintendecia de Servicios de Salud
El 2 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial nacional, la Resolución 1231/2019 con sus anexos, que establece las nuevas pautas que regirán la cobertura de los tratamientos para las personas con discapacidad por parte de la Superintendencia de Servicios de Salud a través del Fondo de Redistribución.
Aquí pueden ver la resolución completa, pero adelantamos los puntos más destacados que entrarán en vigencia desde hoy para quienes soliciten nuevos tratamientos y desde 2020 para quienes ya estén con rehabilitaciones vigentes.
1) Se considerará Rehabilitación Integral Simple o Rehabilitación Integral Intensiva a aquella que brindan los Centros Categorizados, avalados tanto por la Agencia Nacional de Discapacidad como por el Registro Nacional de Prestadores. Las terapias provistas por estas instituciones podrán distribuirse de la siguiente manera:
a) Hasta 4 sesiones semanales en no más de dos días por semana.
b) Más de 5 sesiones semanales en no más de tres días por semana.
c) El transporte a estos centros también se limitará a dos o tres veces por semana, según corresponda.
2) Los profesionales particulares no categorizados, siempre que estén inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores, podrán brindar sesiones complementarias de la siguiente manera:
a) No más de 3 terapias ambulatorias particulares
b) Si son más de 2 terapeutas para estas tres terapias, la obra social tendrá derecho a hacer una auditoría.
c) No podrán sumarse más de 6 horas totales semanales entre estos tres profesionales.
d)Los pacientes no podrán recibir más de una hora diaria de terapia por parte cada profesional particular.
Accion frente a la Defensoria
PARO y MOVILIZACION
Nota a IAPOS para REVISION de ARANCEL DISCAPACIDAD
INFORMACIÓN IMPORTANTE
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Asamblea Ordinaria
CONVOCATORIA ASAMBLEA ORDINARIA
DIA de la MUJER
CONVOCATORIA ELECCIONES de AUTORIDADES
INCLUSIÓN en el ART 43 Ley de Educación Superior, Res. N°24.521